HISTORIA
MARTHA LILIANA NIETO ESTÉVEZ, ha sido designada por primera vez como Curador Urbano No.1 en la Jurisdicción del municipio de San José de Cúcuta, Departamento Norte de Santander, Colombia, para el periodo de cinco (5) años (2.007-2.012), empezando a regir el mismo desde el 15 de Junio de 2007, fecha de toma de posesión ante el Alcalde de San José de Cúcuta, como resultado del concurso de méritos abierto por la Administración Municipal (DAAPCC-CU-01-2007), en cumplimiento de lo exigido por el Decreto 0564 de 24 de febrero de 2.006, proceso que permite contar por primera vez en el municipio con dos curadurías urbanas, después de mas de diez (10) años de creada la figura del Curador urbano en Colombia.
La curadora urbana es un particular encargado de estudiar, tramitar y expedir licencias de parcelación, urbanización, construcción y subdivisión de predios, a petición de interesados en adelantar proyectos de esta índole (Art. 65 Dec. 564/2.006). En el ejercicio de la función pública encomendada tiene autonomía y debe verificar el cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificación vigentes, a través del otorgamiento de licencias de parcelación, urbanización, subdivisión y de construcción. La jurisdicción de la función pública de la Curadora Urbana No.1 de San José de Cúcuta es el ámbito espacial sobre el cual puede actuar.
La jurisdicción comprende la totalidad del territorio del municipio de San José de Cúcuta, salvo aquellas áreas que se señalen en las normas urbanísticas y en el Plan de Ordenamiento Territorial como no aptas para la ejecución de actuaciones urbanísticas o que tengan expresamente restricciones especiales.