POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE ACOSO LABORAL

La Curadora Urbana Nº1 de San José de Cúcuta junto a su equipo de trabajo, conscientes de la importancia de crear un ambiente laboral sano y seguro, se comprometen a prevenir conductas de acoso laboral entre el personal y a defender el derecho de todos los trabajadores, impulsando acciones encaminadas a su incremento del rendimiento de las capacidades de las personas en cada prevención integrándolas a los sistemas de gestión que se desarrollan, garantizando un ambiente de convivencia adecuado.

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Todos los trabajadores tienen derecho a trabajar en un ambiente libre de toda forma de segregación y/o conductas que se puedan considerar acoso, restricción o perturbación, razón por la cual la cultura preventiva será una práctica diaria, procurando uno de los puestos de trabajo. Se mantendrá la confidencialidad de los casos cuando se formulen quejas o reclamos que pudieren tipificarse como conductas o circunstancias de acoso laboral al interior de la misma. Por tanto, cualquier trabajador involucrado en un comportamiento de hostigamiento será sujeto a investigación de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente, adelantando el debido proceso.

POLÍTICA INTEGRAL

La Curadora Urbana Nº1 de San José de Cúcuta junto a su equipo de trabajo, conscientes a las necesidades de nuestros clientes, protección del personal y el cuidado del medio ambiente hacen compromiso de:
Cumplir los requisitos legales inherentes al servicio público encomendado, los requeridos por el Sistema Integrado de Gestión, satisfaciendo necesidades de clientes, cumpliendo con los compromisos adquiridos.

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Hacer uso debido de los recursos asignados exigidos en las labores, para asegurar la eficacia y eficiencia en el servicio. Portar los uniformes y carnet en horarios laborales
con decoro, sin alterar su diseños iniciales.
 Mantener el mejoramiento continuo en todas las áreas de trabajo, a través del
seguimiento y control, así como la implementación de actividades en pro de fomentar
el progreso y bienestar del equipo de apoyo que permitan el sostenimiento de un
enfoque preventivo respecto a posibles accidentes e incidentes, contaminación e
impactos ambientales derivados de las actividades propias que pudieren poner en
riesgo el bienestar del talento humano y el medio ambiente.
 Asegurar la integridad física de todos los trabajadores, Contratistas, subcontratistas
visitantes, comunidad en general, conservando conducta intachables dentro y fuera
del área de trabajo.

POLÍTICA DE NO ALCOHOL, DROGAS Y TRABAJO

La Curadora Urbana Nº1 de San José de Cúcuta, junto a su equipo de trabajo, con el compromiso de fomentar ambientes sanos y seguros, han desarrollado una política para el establecimiento de un ambiente de trabajo libre de elaboración, distribución, posesión o uso de sustancias controladas o de abuso de alcohol.

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Por tanto, se prohíbe la elaboración, comercialización, posesión o uso de drogas ilícitas,bebidas embriagantes y tabaco, al igual que la indebida utilización de medicamentos
formulados, posesión, distribución y venta de medicamentos no formulados, dentro de las
instalaciones de la Curaduría Urbana Nº1 o fuera de ella durante el desarrollo del horario
laboral.
Está estrictamente prohibido presentarse a trabajar bajo efectos de alcohol, drogas, sustancias
alucinógenas y enervantes o que creen dependencia y constituyan justa causa para terminar la
relación laboral.
Por este motivo, el personal acepta la práctica de pruebas que sean necesarias cuando existan
razones para sospechar de este abuso o sean necesarias dentro de un seguimiento interno.
Esta política es de obligatorio cumplimiento por parte de todas las personas que forman parte
directa o indirectamente de la Curaduría Urbana No. 1 de San José de Cúcuta.
La violación a esta política, así como la oposición a las inspecciones o toma de muestras se
considera falta grave y en consecuencia la Contratante puede adoptar medidas, incluso dar
por finalizado el contrato de trabajo por justa causa de acuerdo con la Ley 1562 de 2012.

NUESTROS VALORES

CALIDAD

EFECTIVIDAD

OPORTUNIDAD

TRANSPARENCIA

NUESTRAS FUNCIONES

LA CURADURIA URBANA Nº1 de San José de Cúcuta es una entidad encargada de prestar el servicio de revisión ye estudio, tramite y otorgamiento de licencias urbanísticas en el Municipio de San José de Cúcuta que permitan a usuarios adelantar obras de urbanización, parcelación, construcción en sus diferentes modalidades (obra nueva, ampliación, adecuación, modificación, restauración, reforzamiento estructural, demolición, reconstrucción y cerramiento), subdivisión de predios, actos de reconocimiento de existencia de edificaciones, además de otras actuaciones inherentes al curador urbano

MARTHA LILIANA NIETO ESTÉVEZ, ha sido designada por primera vez como Curador Urbano No.1 en la Jurisdicción del municipio de San José de Cúcuta, Departamento Norte de Santander, Colombia, para el periodo de cinco (5) años (2.007-2.012), empezando a regir el mismo desde el 15 de Junio de 2007, fecha de toma de posesión ante el Alcalde de San José de Cúcuta, como resultado del concurso de méritos abierto por la Administración Municipal (DAAPCC-CU-01-2007), en cumplimiento de lo exigido por el Decreto 0564 de 24 de febrero de 2.006, proceso que permite contar por primera vez en el municipio con dos curadurías urbanas, después de mas de diez (10) años de creada la figura del Curador urbano en Colombia.

La curadora urbana es un particular encargado de estudiar, tramitar y expedir licencias de parcelación, urbanización, construcción y subdivisión de predios, a petición de interesados en adelantar proyectos de esta índole (Art. 65 Dec. 564/2.006). En el ejercicio de la función pública encomendada tiene autonomía y debe verificar el cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificación vigentes, a través del otorgamiento de licencias de parcelación, urbanización, subdivisión y de construcción. La jurisdicción de la función pública de la Curadora Urbana No.1 de San José de Cúcuta es el ámbito espacial sobre el cual puede actuar.

La jurisdicción comprende la totalidad del territorio del municipio de San José de Cúcuta, salvo aquellas áreas que se señalen en las normas urbanísticas y en el Plan de Ordenamiento Territorial como no aptas para la ejecución de actuaciones urbanísticas o que tengan expresamente restricciones especiales.